LA NUEVA CONSTITUCION NOBOA PRETENDE ELIMINAR Y
RESTRINGIR DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA, CONSULTA
Las
transnacionales mineras representadas por la Cámara de la Minería del Ecuador
expresan que la expedición de una nueva Constitución debe fortalecer la
actividad minera y garantizar su aporte económico, su mayor expectativa es que se elimines o por lo menos se relativicen
más los derechos de la naturaleza (art 71 y 72 Constitución), la consulta
previa (Art. 398 Constitución).
María
Eulalia Silva, presidenta de la Cámara de Minería del Ecuador, destacó el
respaldo que el presidente Noboa, ha demostrado hacia esta
industria. Recordó su participación hace un año frente a
inversionistas internacionales, donde aseguró que Ecuador es un destino
confiable para la minería responsable. “El presidente Noboa se paró frente a
ellos y dijo: ‘Creemos en el desarrollo de esta industria’. Eso marcó una
diferencia”, afirmó.
https://mundominero.com.ec/estabilidad-minera-nuevo-gobierno-noboa/
Lo que están fomentando, es
que la naturaleza no se respetada, pueda ser destruida o contaminada sin ningún
límite ni responsabilidad especialmente por las compañías mineras, como ya está
pasando incluso desde la época correista, con los proyectos mineros de
Ecuacorrientes, Lunding Gold o parque nacional Yasuni; lo que ahora quieren
es que simplemente legalizar o constitucionalizar la mega destrucción y saqueo
de la naturaleza.
Se pretende eliminar la
posibilidad de que cualquier colectivo, comunidad reclame los derechos por
afectación de ríos, mares, lagos, paramos, manglares, lagunas, bosques,
etc.; excluir la posibilidad de que las comunidades se restauren
los daños ambientales o medidas cautelares a las amenazas a la naturaleza;
en realidad eso no se practicaba las instituciones, juzgado y Corte
Constitucional desde el mismo gobierno de Rafael Correa,
en la mayoría de los casos se burlaban
de esto; ahora se constitucionalizara tal abuso y omisión.
Situación
similar ocurre con los parques nacionales al no tener la naturaleza derechos, pues las zonas
donde se desarrolló están los ríos, mares, lagos,
paramos, manglares, lagunas, bosques,
y que tiene -en teoría- protección
especial, pues son territorios intangibles donde está prohibido cualquier actividad contaminante bajo ningún título y además se impide todo tipo de minería
metálica conforme lo determina el Art. 407 Constitución.
Con
tal antecedente, de que la naturaleza no tiene derechos, esta en la mira la
restricción o limitación a los parques nacionales, dar carta abierta a la
minería u otras actividades extractivas en aquellos lugares. En el gobierno de
Correa ya se dio con el parque Nacional Yasuní. Si se da paso a eliminar
derechos de la naturaleza, no quedara – ni siquiera en teoría- territorio libre
de la destrucción minera.
Fuente: https://n9.cl/gamkh (De movimiento REVOLUCION)

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